Micelio
Auto7 de marzo de 2008

A- de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros

Tema · dato duro
Invitacion A La Realizacion De Propuestas Por Parte De Entidades Academicas Y Organizaciones Especializadas, Sobre Las Areas Mas Criticas Y Complejas De La Atencion A La Poblacion Desplazada. Tal Invitacion Tiene Como Proposito La Realizacion De Diagnosticos Y Propuestas Sobre Las Areas Mas Criticas Y Complejas De La Politica Publica De Atencion A La Poblacion Desplazada, Asi Como Sobre Temas Respecto De Los Cuales No Se Ha Recaudado Informacion, En El Marco Del Proceso De Seguimiento A La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004. Resuelve Invitar A La Realizacion De Contribuciones Sobre Las Areas Criticas De La Politica De Atencion A La Poblacion Desplazada. Se Establecen Tres Grupos De Areas Criticas Respecto De Las Cuales Se Invita A La Realizacion De Contribuciones Que Deberan Contener Una Identificacion Y Analisis De Los Principales Obstaculos Que Persisten, Estancamientos O Retrocesos En La Politica De Atencion Integral En Materia De Desplazamiento, Dificultades Y Vacios Que Han Impedido A Las Entidades Avanzar En La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional, Herramientas Juridicas O Administrativas Disponibles En El Ordenamiento Actual Que Puedan Contribuir A Superar Tales Obstaculos. Asi Mismo, Se Invita A Determinar Objetivamente Si Se Ha Superado El Estado De Cosas Inconstitucional O Cuando Se Producira Dicha Cesacion. Planteamiento De Cronograma Para La Presentacion De Dichas Contribuciones.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Invitación a la realización de propuestas por parte de entidades académicas y organizaciones especializadas sobre áreas críticas y complejas de atención a la población desplazada
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (42 puntos)
  1. Primero. INVITAR a la realizacion de contribuciones sobre las areas criticas de la politica de atencion a la poblacion desplazada enumeradas en este Auto a las Facultades de Derecho de las siguientes instituciones:
  2. 1. Universidad de los Andes
  3. 2. Pontificia Universidad Javeriana
  4. 3. Colegio Mayor de Nuestra Senora del Rosario
  5. 4. Universidad Nacional de Colombia
  6. 5. Universidad Externado de Colombia
  7. 6. Universidad de Antioquia
  8. 7. Universidad Pontificia Bolivariana
  9. 8. Universidad EAFIT
  10. 9. Universidad del Valle
  11. 10. Universidad del Norte
  12. 11. Universidad del Atlantico
  13. 12. Universidad del Magdalena
  14. 13. Universidad Industrial de Santander
  15. 14. Universidad Autonoma de Bucaramanga
  16. 15. Universidad de Cartagena
  17. 16. Universidad del Cauca
  18. 17. Universidad de Narino
  19. 18. Universidad del Tolima
  20. Las areas criticas respecto de las cuales se invita a la realizacion de contribuciones son las siguientes:
  21. A. El sistema de registro y caracterizacion de la poblacion desplazada y el habeas data aditivo.
  22. B. La prevencion del desplazamiento forzado.
  23. C. Los desplazamientos forzados en el contexto de las acciones legitimas de la fuerza publica u omisiones del Estado.
  24. D. La garantia de proteccion y restitucion de las tierras y bienes inmuebles abandonados por la poblacion desplazada con motivo del desplazamiento.
  25. E. La provision de vivienda digna a la poblacion desplazada.
  26. F. El desarrollo de los procesos de retorno y restablecimiento.
  27. Los problemas identificados en el numeral 3 de este Auto y respecto de los cuales se invita a la realizacion de contribuciones son los siguientes:
  28. G. El fortalecimiento de la capacidad institucional y de coordinacion, asi como la superacion de las falencias administrativas del sistema nacional de atencion integral a la poblacion desplazada.
  29. H. Las obligaciones de las entidades territoriales frente a la poblacion desplazada y su contribucion en la superacion del estado de cosas inconstitucional, asi como la identificacion mecanismos efectivos de coordinacion entre las entidades territoriales y la Nacion.
  30. I. La garantia a los derechos de la poblacion desplazada como victimas de un delito, a saber: los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparacion integral, y no repeticion.
  31. Y, los dos temas implicitos de preocupacion recurrente senalados en el numeral 4 del presente Auto, y respecto de los cuales se invita a la realizacion de contribuciones son los siguientes:
  32. J. Los criterios constitucionalmente relevantes que deben ser tenidos en cuenta para determinar si se ha superado el estado de cosas inconstitucional.
  33. K. Los criterios constitucionalmente relevantes que deben ser tenidos en cuenta para determinar cuando se producira la cesacion de la condicion de desplazado y sus efectos frente a los derechos en relacion con los distintos componentes del sistema de atencion integral de la poblacion desplazada y en cuanto a su condicion de victimas de un delito.
  34. Segundo. ADVERTIR que en relacion con las areas criticas identificadas en el numeral 2 de este auto, las contribuciones que se invita a realizar deberan contener una identificacion y analisis de (i) los principales obstaculos que persisten y sus causas, (ii) las dificultades, vacios y cuellos de botella que han impedido a las entidades responsables avanzar adecuadamente en la superacion del estado de cosas inconstitucional, (iii) los estancamientos o retrocesos en la implementacion de la politica de atencion integral a la poblacion desplazada, y (iv) la proposicion de alternativas viables, especificas y efectivas de resolucion, asi como la entidad competente para impulsarlas y aplicarlas.
  35. Igualmente, ADVERTIR que en relacion con los problemas senalados en el numeral 3 de este auto, las contribuciones que se invita a realizar deberan contener (i) la identificacion y analisis de los principales obstaculos, dificultades, vacios y cuellos de botella que han impedido a las entidades responsables avanzar adecuadamente en la superacion del estado de cosas inconstitucional, asi como (ii) de las herramientas juridicas o administrativas disponibles en el ordenamiento actual que puedan contribuir a la superacion de tales obstaculos, asi no hayan sido disenadas especificamente para atender la problematica del desplazamiento forzado.
  36. ADVERTIR que en cuanto a los temas de preocupacion senalados en el numeral 4 del presente Auto, las contribuciones que se invita a realizar deberan contener una identificacion y analisis de criterios (i) determinantes, (ii) objetivos y (iii) verificables que puedan ser tenidos en cuenta al adoptar decisiones informadas y de fondo por parte de la Corte Constitucional.
  37. Las contribuciones aportadas por los expertos proveeran la base para la adopcion de decisiones por parte de la Corte Constitucional. Las contribuciones, tanto de diagnostico especifico como de propuestas puntuales y pertinentes, habran de considerar el ambito de las competencias de la Corte Constitucional en su posicion de juez constitucional, con miras a garantizar que se implementen medidas para superar el estado de cosas inconstitucional y promover el goce efectivo de los derechos de los desplazados.
  38. Tercero. ADVERTIR que las entidades que acepten la invitacion realizada en el presente auto habran de presentar sus contribuciones de conformidad con el siguiente cronograma:
  39. 1. Para las areas identificadas en el numeral 2 de este Auto, hasta el 30 de mayo de 2008.
  40. 2. Para los problemas senalados en el numeral 3 de este Auto, hasta el 1 de julio de 2008.
  41. 3. Para los temas de preocupacion identificados en el numeral 4 de este Auto hasta el 1 de agosto de 2008.
  42. Cuarto. ADVERTIR que la informacion que habra de proveer la base general de los diagnosticos en cada una de las areas criticas, se adjunta a la presente providencia en los Anexos 1 al 8 en version electronica, y asi seran remitidos; las entidades que resuelvan aceptar la presente invitacion podran recurrir a las demas fuentes de informacion que consideren pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.