Auto7 de marzo de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros
✓
Tema · dato duro
Invitacion A La Realizacion De Propuestas Por Parte De Entidades Academicas Y Organizaciones Especializadas, Sobre Las Areas Mas Criticas Y Complejas De La Atencion A La Poblacion Desplazada. Tal Invitacion Tiene Como Proposito La Realizacion De Diagnosticos Y Propuestas Sobre Las Areas Mas Criticas Y Complejas De La Politica Publica De Atencion A La Poblacion Desplazada, Asi Como Sobre Temas Respecto De Los Cuales No Se Ha Recaudado Informacion, En El Marco Del Proceso De Seguimiento A La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004. Resuelve Invitar A La Realizacion De Contribuciones Sobre Las Areas Criticas De La Politica De Atencion A La Poblacion Desplazada. Se Establecen Tres Grupos De Areas Criticas Respecto De Las Cuales Se Invita A La Realizacion De Contribuciones Que Deberan Contener Una Identificacion Y Analisis De Los Principales Obstaculos Que Persisten, Estancamientos O Retrocesos En La Politica De Atencion Integral En Materia De Desplazamiento, Dificultades Y Vacios Que Han Impedido A Las Entidades Avanzar En La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional, Herramientas Juridicas O Administrativas Disponibles En El Ordenamiento Actual Que Puedan Contribuir A Superar Tales Obstaculos. Asi Mismo, Se Invita A Determinar Objetivamente Si Se Ha Superado El Estado De Cosas Inconstitucional O Cuando Se Producira Dicha Cesacion. Planteamiento De Cronograma Para La Presentacion De Dichas Contribuciones.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Corte Constitucional
- Invitación a la realización de propuestas por parte de entidades académicas y organizaciones especializadas sobre áreas críticas y complejas de atención a la población desplazada
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (42 puntos)
- Primero. INVITAR a la realizacion de contribuciones sobre las areas criticas de la politica de atencion a la poblacion desplazada enumeradas en este Auto a las Facultades de Derecho de las siguientes instituciones:
- 1. Universidad de los Andes
- 2. Pontificia Universidad Javeriana
- 3. Colegio Mayor de Nuestra Senora del Rosario
- 4. Universidad Nacional de Colombia
- 5. Universidad Externado de Colombia
- 6. Universidad de Antioquia
- 7. Universidad Pontificia Bolivariana
- 8. Universidad EAFIT
- 9. Universidad del Valle
- 10. Universidad del Norte
- 11. Universidad del Atlantico
- 12. Universidad del Magdalena
- 13. Universidad Industrial de Santander
- 14. Universidad Autonoma de Bucaramanga
- 15. Universidad de Cartagena
- 16. Universidad del Cauca
- 17. Universidad de Narino
- 18. Universidad del Tolima
- Las areas criticas respecto de las cuales se invita a la realizacion de contribuciones son las siguientes:
- A. El sistema de registro y caracterizacion de la poblacion desplazada y el habeas data aditivo.
- B. La prevencion del desplazamiento forzado.
- C. Los desplazamientos forzados en el contexto de las acciones legitimas de la fuerza publica u omisiones del Estado.
- D. La garantia de proteccion y restitucion de las tierras y bienes inmuebles abandonados por la poblacion desplazada con motivo del desplazamiento.
- E. La provision de vivienda digna a la poblacion desplazada.
- F. El desarrollo de los procesos de retorno y restablecimiento.
- Los problemas identificados en el numeral 3 de este Auto y respecto de los cuales se invita a la realizacion de contribuciones son los siguientes:
- G. El fortalecimiento de la capacidad institucional y de coordinacion, asi como la superacion de las falencias administrativas del sistema nacional de atencion integral a la poblacion desplazada.
- H. Las obligaciones de las entidades territoriales frente a la poblacion desplazada y su contribucion en la superacion del estado de cosas inconstitucional, asi como la identificacion mecanismos efectivos de coordinacion entre las entidades territoriales y la Nacion.
- I. La garantia a los derechos de la poblacion desplazada como victimas de un delito, a saber: los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparacion integral, y no repeticion.
- Y, los dos temas implicitos de preocupacion recurrente senalados en el numeral 4 del presente Auto, y respecto de los cuales se invita a la realizacion de contribuciones son los siguientes:
- J. Los criterios constitucionalmente relevantes que deben ser tenidos en cuenta para determinar si se ha superado el estado de cosas inconstitucional.
- K. Los criterios constitucionalmente relevantes que deben ser tenidos en cuenta para determinar cuando se producira la cesacion de la condicion de desplazado y sus efectos frente a los derechos en relacion con los distintos componentes del sistema de atencion integral de la poblacion desplazada y en cuanto a su condicion de victimas de un delito.
- Segundo. ADVERTIR que en relacion con las areas criticas identificadas en el numeral 2 de este auto, las contribuciones que se invita a realizar deberan contener una identificacion y analisis de (i) los principales obstaculos que persisten y sus causas, (ii) las dificultades, vacios y cuellos de botella que han impedido a las entidades responsables avanzar adecuadamente en la superacion del estado de cosas inconstitucional, (iii) los estancamientos o retrocesos en la implementacion de la politica de atencion integral a la poblacion desplazada, y (iv) la proposicion de alternativas viables, especificas y efectivas de resolucion, asi como la entidad competente para impulsarlas y aplicarlas.
- Igualmente, ADVERTIR que en relacion con los problemas senalados en el numeral 3 de este auto, las contribuciones que se invita a realizar deberan contener (i) la identificacion y analisis de los principales obstaculos, dificultades, vacios y cuellos de botella que han impedido a las entidades responsables avanzar adecuadamente en la superacion del estado de cosas inconstitucional, asi como (ii) de las herramientas juridicas o administrativas disponibles en el ordenamiento actual que puedan contribuir a la superacion de tales obstaculos, asi no hayan sido disenadas especificamente para atender la problematica del desplazamiento forzado.
- ADVERTIR que en cuanto a los temas de preocupacion senalados en el numeral 4 del presente Auto, las contribuciones que se invita a realizar deberan contener una identificacion y analisis de criterios (i) determinantes, (ii) objetivos y (iii) verificables que puedan ser tenidos en cuenta al adoptar decisiones informadas y de fondo por parte de la Corte Constitucional.
- Las contribuciones aportadas por los expertos proveeran la base para la adopcion de decisiones por parte de la Corte Constitucional. Las contribuciones, tanto de diagnostico especifico como de propuestas puntuales y pertinentes, habran de considerar el ambito de las competencias de la Corte Constitucional en su posicion de juez constitucional, con miras a garantizar que se implementen medidas para superar el estado de cosas inconstitucional y promover el goce efectivo de los derechos de los desplazados.
- Tercero. ADVERTIR que las entidades que acepten la invitacion realizada en el presente auto habran de presentar sus contribuciones de conformidad con el siguiente cronograma:
- 1. Para las areas identificadas en el numeral 2 de este Auto, hasta el 30 de mayo de 2008.
- 2. Para los problemas senalados en el numeral 3 de este Auto, hasta el 1 de julio de 2008.
- 3. Para los temas de preocupacion identificados en el numeral 4 de este Auto hasta el 1 de agosto de 2008.
- Cuarto. ADVERTIR que la informacion que habra de proveer la base general de los diagnosticos en cada una de las areas criticas, se adjunta a la presente providencia en los Anexos 1 al 8 en version electronica, y asi seran remitidos; las entidades que resuelvan aceptar la presente invitacion podran recurrir a las demas fuentes de informacion que consideren pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.